Análisis de legislación

Obstáculos y dificultades en la Intervención en Violencia de Género 13 años después de la Ley 1/2004 II

13 años después de la aprobación de la Ley 1/2004 Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Asociación Malvaluna sigue encontrando dificultades en la práctica de la defensa de los derechos de las mujeres.

Siguiendo con el análisis del informe que se presentó en 2015, cuyo contenido podéis ver en este post, la intervención con mujeres víctimas de las Violencias Machistas en el ámbito de la pareja o expareja sigue siendo deficitaria, provocando en ellas procesos de Victimización secundaria que obstaculizan la resolución de los casos, la justicia  y la reparación.

En el tratamiento de los casos, se sigue observando cómo todas las mujeres víctimas de Violencia de género son tratadas como si fueran idénticas a las otras, sin tener en cuenta sus condiciones de vida y sus características personales. No se tienen en cuenta aspectos esenciales para la resolución de las situaciones de violencia de género intrafamiliar como: formación, nivel económico y social; autonomía personal, religión, culturas, nacionalidades, etc.

Además de esto, de todas las víctimas se sospecha la existencia de móviles espurios (falsos), del deseo de obtener ganancias en otros procesos, en recursos económicos, sociales, etc. Se trata del mito de las denuncias falsas, sobre el que escribiremos más adelante, que además de cuestionar a las mujeres que ya han decidido denunciar, disuade al resto de hacerlo, cuestionando de entrada sus intenciones y la falsedad de sus testimonios.

Otro obstáculo a la hora de trabajar en el proceso de toma de decisiones con las mujeres en esta situación, son los mensajes que se derivan de las continuas campañas en las que se anima a las mujeres a denunciar la situación que están viviendo. Esto no hace sino incidir en que la responsabilidad para acabar con la situación, y por tanto, la culpa de seguir viviendo así, es suya. Exigir una denuncia para el acceso a recursos es imponer una obligación, hacer depender la resolución del problema de ella misma.

Día a día se observa cómo la feminización de la pobreza incide en la resolución de casos de violencia de género. Aquellas mujeres que no tienen independencia económica, pueden hacer uso de cuantías económicas fijadas en las Órdenes de Protección, pero éstas no garantizan un mínimo de subsistencia. Esto provoca en muchos casos la pérdida de viviendas.

En cuanto a las mujeres que gozan de independencia económica, se puede ver cómo en numerosos casos asumen la mayor carga de las personas dependientes de la familia por la baja cuantía acordadas en los procesos.

Por último, nos gustaría recalcar la desigualdad en el acceso a los recursos que sufren las mujeres. A la hora de implementar medidas, es necesario tomar conciencia de la diversidad de situaciones que vivimos las mujeres y tener en cuenta las dificultades derivadas de cada una de ellas. Por ejemplo, en el caso de las mujeres que viven en zonas rurales, éstas tienen mayores dificultades de acceso a los recursos. Esto se debe a la centralización de los recursos, a los transportes públicos inadecuados y al uso del vehículo familiar como instrumento de control.

Las mujeres migrantes se encuentran con dificultades añadidas, ya que se enfrentan a mayores prejuicios por parte de los servicios públicos. Además, pueden tener miedo a la denuncia por estar situaciones administrativas irregulares y pueden tener obstáculos para el acceso a servicios asistenciales.

Otra dificultad añadida la viven las mujeres con discapacidad psíquica. Sufren una total invisibilización de las violencias y una ausencia de credibilidad en sus testimonios.

Para seguir avanzando en la atención integral en la Violencia de Género, es importante tener en cuenta todas y cada una de estas dificultades. Es hora de empezar a cuestionarse el trabajo realizado y evaluar los resultados conseguidos para poder establecer políticas futuras que vayan a la raíz del problema.

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